......::: Ctaqua - Fundacion Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía - El Puerto de Santa María, Cádiz
 
 
   
 
          
 
         
 
 
  
 
     
 
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26 FEBRERO 2019

Sigue vigente la convocatoria FEMP para inversión y para desarrollo de proyectos de I+D

El Puerto de Sta. María, 26 de febrero de 2019 - Tras ser designado como organismo intermedio del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), CDTI ha desarrollado una convocatoria para inversión y otra para el desarrollo de proyectos de I+D, ambos tipos de proyectos financiados de acuerdo con el Reglamento (UE) Nº 508/2014 del Fondo Europeo  Marítimo y de Pesca.

Desde CTAQUA queremos recordar a las empresas la posibilidad de financiar sus proyectos a través de la convocatoria específica de FEMP dirigida a la acuicultura y los transformados que actualmente sigue vigente y es ventajosa para ambos sectores.

Entre las ventajas de estos proyectos, se encuentra la posibilidad de solicitar un anticipo del 25%, y en el caso de proyectos de innovación, CDTI puede emitir informes motivados vinculantes en los que se certifica el contenido "ex-ante" en I+D+i, para el Impuesto sobre Sociedades.

PROYECTOS DE INVERSION EN ACTIVIDADES DE TRANSFORMACION DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA.
Se financiarán proyectos que:
a) contribuyan a ahorrar energía o reducir el impacto en el medio ambiente, incluido el tratamiento de residuos;
b) mejoren la seguridad, la higiene, la salud y las condiciones de trabajo;
c) ayuden a la transformación de capturas de pescado comercial que no puede destinarse al consumo humano;
d) se refieran a la transformación de subproductos obtenidos de las actividades principales de transformación;
e) se refieran a la transformación de productos de la acuicultura ecológica, en virtud de los artículos 6 y 7 del Reglamento (CE) nº 834/2007;
f) den lugar a nuevos o mejores productos, nuevos o mejores procesos, o nuevos o mejores sistemas de gestión y organización.

Beneficiarios: Los beneficiarios serán PYMEs operadoras que realizan la transformación de productos pesqueros y acuícolas (excluidos los empresarios individuales).

Duración de los proyectos: Los proyectos tendrán una duración de 18 meses

Presupuesto financiable
El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 euros.
El presupuesto máximo financiable es de 1.000.000 euros.

Gastos elegibles
- Costes de personal dedicado al proyecto.
- Adquisición de activos fijos nuevos.
- Costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente del proyecto de inversión.
- Colaboraciones externas públicas y privadas. Incluida la preparación de la propuesta.
- Costes de auditoría imputables al proyecto.
- Costes indirectos: Los costes indirectos se calcularán, de acuerdo al artículo 68.1.b) del Reglamento (UE) 1303/2013, aplicando un tipo fijo de hasta el 15% de los costes directos de personal subvencionables.

CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN. ACUICULTURA
Se financiaran Proyectos que  tengan como objetivo:

  1. El desarrollo de  conocimientos  técnicos,  científicos  u  organizativos  en  las  explotaciones   acuícolas,   que   reduzcan   el   impacto   en   el   medio   ambiente, reduzcan  la  dependencia  de  la  harina  y  el  aceite  de  pescado,  impulsen  un  uso  sostenible de los recursos en la acuicultura, mejoren el bienestar de los animales o faciliten nuevos métodos de producción sostenible
  2. El desarrollo  o  introducción  en  el  mercado de nuevas  especies  acuícolas, productos   nuevos   o   sustancialmente   perfeccionados,   procesos   nuevos   o perfeccionados, o sistemas de gestión y organización nuevos o perfeccionados;
  3. el estudio  de la  viabilidad  técnica  o  económica  de  productos  o  procesos innovadores

Duración de los proyectos: Los  proyectos  tendrán  una  duración  de  12  a  36  meses.  Los  proyectos  podrán  tener uno o varios hitos técnicos, cuya duración deberá ser de 6 a 18 meses.

COLABORACIONES: Los proyectos deben ser llevados a cabo en colaboración con un organismo científico o técnico reconocido (entre los que se encuentra CTAQUA). Esta  subcontratación deberá  representar al  menos  el  10%  del  presupuesto  elegible total. Dicho  organismo deberá validar  los resultados  del  proyecto.

El presupuesto mínimo financiable es de  175.000 euros (no existe máximo).

Los Gastos elegibles son:

  1. Costes de personal dedicado al proyecto.
  2. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se  utilice  para  el  proyecto  de investigación,  incluyendo  amortizaciones  en su caso.
  3. Costes  de  suministros  y  productos  similares  que  se  deriven  directamente del proyecto.
  4. Colaboraciones externas públicas y privadas, que deben incluir al menos a un organismo científico o técnico que valide los resultados del proyecto.
  5. Costes de auditoría imputables al proyecto.
  6. Costes  indirectos: Los  costes  indirectos  se  calcularán,  de  acuerdo  al artículo  68.1.b)  del  Reglamento  (UE)  1303/2013,  aplicando  un  tipo  fijo  de hasta el 15% de los costes directos de personal subvencionables.

En ambos casos, la Modalidad y cuantía de la financiación es la siguiente:

Los  proyectos se  financiarán  mediante  una  Ayuda  Parcialmente  Reembolsable con  una  cobertura  de  hasta  el 75% del  presupuesto  total  aprobado  por  el  Consejo  de Administración del CDTI (Excepcionalmente,  según  disponibilidad  de  fondos, esta  cobertura  podrá  alcanzar  el 85%).

La ayuda se compone de un tramo reembolsable y de un tramo no reembolsable:

  1. El tramo  reembolsable  de la  ayuda se  devolverá  en  un  plazo  de  10  años,  contados  a  partir  del  centro  de  gravedad  del  proyecto,  que  se  calcula  en función de la duración del proyecto y del importe de los hitos presupuestarios. El primer reembolso de  principal  se  realizará  3  años  después  del  centro  de gravedad   del   proyecto,   con   un   mínimo   de   2   años   desde   su   fecha   de finalización.  El tipo de interés aplicable al tramo reembolsable es Euribor a un año fijado a la fecha de la aprobación de la  ayuda  por  el  Consejo  de  Administración y  se aplicará exclusivamente al tramo reembolsable de la ayuda.  Los intereses ordinarios del préstamo se devengarán semestralmente desde el momento de la disposición de la ayuda.
  1. El  tramo  no  reembolsable  de  la  ayuda será  del 33% de  la  cobertura financiera del   75%   del   presupuesto   total   aprobado   por   el   Consejo   de Administración. 



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